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Libertas
praestantissimum de
León XIII sobre la libertad y el liberalismo de 20 de junio de 1888
l. La libertad, don
excelente de la Naturaleza, propio y exclusivo de los seres
racionales, confiere al hombre la dignidad de estar en manos de
su albedrío(1) y de ser dueño de sus acciones. Pero lo más
importante en esta dignidad es el modo de su ejercicio, porque
del uso de la libertad nacen los mayores bienes y los
mayores males. Sin duda alguna, el hombre puede obedecer
a la razón, practicar el bien moral, tender por el camino recto
a su último fin. Pero el hombre puede también seguir una
dirección totalmente contraria y, yendo tras el espejismo de
unas ilusorias apariencias, perturbar el orden debido y correr a
su perdición voluntaria.
Jesucristo,
liberador del género humano, que vino para restaurar y
acrecentar la dignidad antigua de la Naturaleza, ha socorrido de
modo extraordinario la voluntad del hombre y la ha levantado a un
estado mejor, concediéndole, por una parte, los auxilios de su
gracia y abriéndole, por otra parte, la perspectiva de una
eterna felicidad en los cielos. De modo semejante, la Iglesia ha
sido y será siempre benemérita de este preciado don de la
Naturaleza, porque su misión es precisamente la
conservación, a lo largo de la Historia, de los bienes que hemos
adquirido por medio de Jesucristo. Son, sin embargo, son
muchos los hombres para los cuales la Iglesia es enemiga de la
libertad humana. La causa de este prejuicio reside en una
errónea y adulterada idea de la libertad. Porque, al alterar su
contenido, o al darle una extensión excesiva, como le dan,
pretenden incluir dentro del ámbito de la libertad cosas que
quedan fuera del concepto exacto de libertad.
2. Nos hemos hablado
ya en otras ocasiones, especialmente en la encíclica Immortale
Dei(2), sobre las llamadas libertades
modernas, separando lo que en éstas hay de bueno de lo
que en ellas hay de malo. Hemos demostrado al mismo
tiempo que todo lo bueno que estas libertades presentan
es tan antiguo como la misma verdad, y que la Iglesia lo
ha aprobado siempre de buena voluntad y lo ha incorporado siempre
a la práctica diaria de su vida. La novedad añadida
modernamente, si hemos de decir la verdad, no es más que una
auténtica corrupción producida por las
turbulencias de la época y por la inmoderada fiebre de
revoluciones. Pero como son muchos los que se obstinan en ver,
aun en los aspectos viciosos de estas libertades,
la gloria suprema de nuestros tiempos y el fundamento
necesario de toda constitución política, como si fuera
imposible concebir sin estas libertades el gobierno perfecto del
Estado, nos ha parecido necesario, para la utilidad de todos,
tratar con particular atención este asunto.
I. DOCTRINA
CATÓLICA SOBRE LA LIBERTAD
Libertad
natural
3. El objeto directo
de esta exposición es la libertad moral, considerada tanto en el
individuo como en la sociedad. Conviene, sin embargo, al
principio exponer brevemente algunas ideas sobre la libertad
natural, pues si bien ésta es totalmente distinta de la
libertad moral, es, sin embargo, la fuente y el
principio de donde nacen y derivan espontáneamente todas las
especies de libertad. El juicio recto y el sentido común de
todos los hombres, voz segura de la Naturaleza, reconoce esta
libertad solamente en los seres que tienen inteligencia o razón;
y es esta libertad la que hace al hombre responsable
de todos sus actos. No podía ser de otro modo. Porque mientras
los animales obedecen solamente a sus sentidos y bajo el impulso
exclusivo de la naturaleza buscan lo que les es útil y huyen lo
que les es perjudicial, el hombre tiene a la razón como guía en
todas y en cada una de las acciones de su vida. Pero la razón, a
la vista de los bienes de este mundo, juzga de todos y de cada
uno de ellos que lo mismo pueden existir que no existir; y
concluyendo, por esto mismo, que ninguno de los referidos bienes
es absolutamente necesario, la razón da a la voluntad el poder
de elegir lo que ésta quiera. Ahora bien: el hombre puede juzgar
de la contingencia de estos bienes que hemos citado, porque tiene
un alma de naturaleza simple, espiritual, capaz de pensar; un
alma que, por su propia entidad, no proviene de las cosas
corporales ni depende de éstas en su conservación, sino que,
creada inmediatamente por Dios y muy superior a la común
condición de los cuerpos, tiene un modo propio de vida y un modo
no menos propio de obrar; esto es lo que explica que el hombre,
con el conocimiento intelectual de las inmutables y necesarias
esencias del bien y de la verdad, descubra con certeza que estos
bienes particulares no son en modo alguno bienes necesarios. De
esta manera, afirmar que el alma humana está libre de todo
elemento mortal y dotada de la facultad de pensar, equivale a
establecer la libertad natural sobre su más sólido fundamento.
4. Ahora bien: así
como ha sido la Iglesia católica la más alta propagadora y la
defensora más constante de la simplicidad, espiritualidad e
inmortalidad del alma humana, así también es la Iglesia la
defensora más firme de la libertad. La Iglesia ha enseñado
siempre estas dos realidades y las defiende como dogmas de fe. Y
no sólo esto. Frente a los ataques de los herejes y de los
fautores de novedades, ha sido la Iglesia la que tomó a su cargo
la defensa de la libertad y la que libró de la ruina a esta tan
excelsa cualidad del hombre. La historia de la teología
demuestra la enérgica reacción de la Iglesia contra los
intentos alocados de los maniqueos y otros herejes. Y, en tiempos
más recientes, todos conocen el vigoroso esfuerzo que la Iglesia
realizó, primero en el concilio de Trento y después contra los
discípulos de Jansenio, para defender la libertad del hombre,
sin permitir que el fatalismo arraigue en tiempo o en lugar
alguno.
Libertad moral
5. La libertad es,
por tanto, como hemos dicho, patrimonio exclusivo de los seres
dotados de inteligencia o razón. Considerada en su misma
naturaleza, esta libertad no es otra cosa que la facultad de
elegir entre los medios que son aptos para alcanzar un fin
determinado, en el sentido de que el que tiene facultad de elegir
una cosa entre muchas es dueño de sus propias acciones. Ahora
bien: como todo lo que uno elige como medio para obtener otra
cosa pertenece al género del denomínado bien útil, y el bien
por su propia naturaleza tiene la facultad de mover la voluntad,
por esto se concluye que la libertad es propia de la voluntad, o
más exactamente, es la voluntad misma, en cuanto que ésta, al
obrar, posee la facultad de elegir. Pero el movimiento de la
voluntad es imposible si el conocimiento intelectual no la
precede iluminándola como una antorcha, o sea, que el bien
deseado por la voluntad es necesariamente bien en cuanto conocido
previamente por la razón. Tanto más cuanto que en todas las
voliciones humanas la elección es posterior al juicio sobre la
verdad de los bienes propuestos y sobre el orden de preferencia
que debe observarse en éstos. Pero el juicio es, sin duda alguna,
acto de la razón, no de la voluntad. Si la libertad, por tanto,
reside en la voluntad, que es por su misma naturaleza un apetito
obediente a la razón, síguese que la libertad, lo mismo que la
voluntad, tiene por objeto un bien conforme a la razón. No
obstante, como la razón y la voluntad son facultades imperfectas,
puede suceder, y sucede muchas veces, que la razón proponga a la
voluntad un objeto que, siendo en realidad malo, presenta una
engañosa apariencia de bien, y que a él se aplique la voluntad.
Pero así como la posibilidad de errar y el error de hecho es un
defecto que arguye un entendimiento imperfecto, así tambien
adherirse a un bien engañoso y fingido, aun siendo indicio de
libre albedrío, como la enfermedad es señal de la vida,
constituye, sin embargo, un defecto de la libertad. De modo
parecido, la voluntad, por el solo hecho de su dependencia de la
razón, cuando apetece un objeto que se aparta de la recta razón,
incurre en el defecto radical de corromper y abusar de la
libertad. Y ésta es la causa de que Dios, infinitamente perfecto,
y que por ser sumamente inteligente y bondad por esencia es
sumamente libre, no pueda en modo alguno querer el mal moral;
como tampoco pueden quererlo los bienaventurados del cielo, a
causa de la contemplación del bien supremo. Esta era la
objeción que sabiamente ponían San Agustín y otros autores
contra los pelagianos. Si la posibilidad de apartarse del bien
perteneciera a la esencia y a la perfección de la libertad,
entonces Dios, Jesucristo, los ángeles y los bienaventurados,
todos los cuales carecen de ese poder, o no serían libres o, al
menos, no lo serían con la misma perfección que el hombre en
estado de prueba e imperfección.
El Doctor Angélico
se ha ocupado con frecuencia de esta cuestión, y de sus
exposiciones se puede concluir que la posibilidad de pecar no es
una libertad, sino una esclavitud. Sobre las palabras de Cristo,
nuestro Señor, el que comete pecado es siervo del pecado(3),
escribe con agudeza: «Todo ser es lo que le conviene ser por su
propia naturaleza. Por consiguiente, cuando es movido por un
agente exterior, no obra por su propia naturaleza, sino por un
impulso ajeno, lo cual es propio de un esclavo. Ahora bien: el
hombre, por su propia naturaleza, es un ser racional. Por tanto,
cuando obra según la razón, actúa en virtud de un impulso
propio y de acuerdo con su naturaleza, en lo cual consiste
precisamente la libertad; pero cuando peca, obra al margen de la
razón, y actúa entonces lo mismo que si fuese movido por otro y
estuviese sometido al domimo ajeno; y por esto, el que comete el
pecado es siervo del pecado»(4). Es lo que había visto con
bastante claridad la filosofia antigua, especialmente los que
enseñaban que sólo el sabio era libre, entendiendo por sabio,
como es sabido, aquel que había aprendido a vivir según la
naturaleza, es decir, de acuerdo con la moral y la virtud.
La ley
6. Siendo ésta la
condición de la libertad humana, le hacía falta a la libertad
una protección y un auxilio capaces de dirigir todos sus
movimientos hacia el bien y de apartarlos del mal. De lo
contrario, la libertad habría sido gravemente perjudicial para
el hombre. En primer lugar, le era necesaria una ley, es decir,
una norma de lo que hay que hacer y de lo que hay que evitar. La
ley, en sentido propio, no puede darse en los animales, que obran
por necesidad, pues realizan todos sus actos por instinto natural
y no pueden adoptar por sí mismos otra manera de acción. En
cambio, los seres que gozan de libertad tienen la facultad de
obrar o no obrar, de actuar de esta o de aquella manera, porque
la elección del objeto de su volición es posterior al juicio de
la razón, a que antes nos hemos referido. Este juicio establece
no sólo lo que es bueno o lo que es malo por naturaleza, sino
además lo que es bueno y, por consiguiente, debe hacerse, y lo
que es malo y, por consiguiente, debe evitarse. Es decir, la
razón prescribe a la voluntad lo que debe buscar y lo que debe
evitar para que el hombre pueda algún día alcanzar su último
fin, al cual debe dirigir todas sus acciones. Y precisamente esta
ordenación de la razón es lo que se llama ley. Por lo cual la
justificación de la necesidad de la ley para el hombre ha de
buscarse primera y radicalmente en la misma libertad, es decir,
en la necesidad de que la voluntad humana no se aparte de la
recta razón. No hay afirmación más absurda y peligrosa que
ésta: que el hombre, por ser naturalmente libre, debe vivir
desligado de toda ley. Porque si esta premisa fuese verdadera, la
conclusión lógica sería que es esencial a la libertad andar en
desacuerdo con la razón, siendo así que la afirmación
verdadera es la contradictoria, o sea, que el hombre,
precisamente por ser libre, ha de vivir sometido a la ley. De
este modo es la ley la que guía al hombre en su acción y es la
ley la que mueve al hombre, con el aliciente del premio y con el
temor del castigo, a obrar el bien y a evitar el mal. Tal es la
principal de todas las leyes, la ley natural, escrita y grabada
en el corazón de cada hombre, por ser la misma razón humana que
manda al hombre obrar el bien y prohíbe al hombre hacer el mal.
Pero este precepto
de la razón humana no podria tener fuerza de ley si no fuera
órgano e intérprete de otra razón más alta, a la que deben
estar sometidos nuestro entendimiento y nuestra libertad. Porque
siendo la función de la ley imponer obligaciones y atribuir
derechos, la ley se apoya por entero en la autoridad, esto es, en
un poder capaz de establecer obligaciones, atribuir derechos y
sancionar además, por medio de premios y castigos, las órdenes
dadas; cosas todas que evidentemente resultan imposibles si fuese
el hombre quien como supremo legislador se diera a sí mismo la
regla normativa de sus propias acciones. Síguese, pues, de lo
dicho que la ley natural es la misma ley eterna, que, grabada en
los seres racionales, inclina a éstos a las obras y al fin que
les son propios; ley eterna que es, a su vez, la razón eterna de
Dios, Creador y Gobernador de todo el universo.
La gracia
sobrenatural
A esta regla de
nuestras acciones, a este freno del pecado, la bondad divina ha
añadido ciertos auxilios especiales, aptísimos para dirigir y
confirmar la voluntad del hombre. El principal y más eficaz
auxilio de todos estos socorros es la gracia divina, la cual,
iluminando el entendimiento y robusteciendo e impulsando la
voluntad hacia el bien moral, facilita y asegura al mismo tiempo,
con saludable constancia, el ejercicio de nuestra libertad
natural. Es totalmente errónea la afirmación de que las
mociones de la voluntad, a causa de esta intervención divina,
son menos libres. Porque la influencia de la gracia divina
alcanza las profundidades más íntimas del hombre y se armoniza
con las tendencias naturales de éste, porque la gracia nace de
aquel que es autor de nuestro entendimiento y de nuestra voluntad
y mueve todos los seres de un modo adecuado a la naturaleza de
cada uno. Como advierte el Doctor Angélico, la gracia divina,
por proceder del Creador de la Naturaleza, está admirablemente
capacitada para defender todas las naturalezas individuales y
para conservar sus caracteres, sus facultades y su eficacia.
La libertad
moral social
7. Lo dicho acerca
de la libertad de cada individuo es fácilmente aplicable a los
hombres unidos en sociedad civil. Porque lo que en cada hombre
hacen la razón y la ley natural, esto mismo hace en los
asociados la ley humana, promulgada para el bien común de los
ciudadanos. Entre estas leyes humanas hay algunas cuyo objeto
consiste en lo que es bueno o malo por naturaleza, añadiendo al
precepto de practicar el bien y de evitar el mal la sanción
conveniente. El origen de estas leyes no es en modo alguno el
Estado; porque así como la sociedad no es origen de la
naturaleza humana, de la misma manera la sociedad no es fuente
tampoco de la concordancia del bien y de la discordancia del mal
con la naturaleza. Todo lo contrario. Estas leyes son anteriores
a la misma sociedad, y su origen hay que buscarlo en la ley
natural y, por tanto, en la ley eterna. Por consiguiente, los
preceptos de derecho natural incluidos en las leyes humanas no
tienen simplemente el valor de una ley positiva, sino que además,
y principalmente, incluyen un poder mucho más alto y augusto que
proviene de la misma ley natural y de la ley eterna. En esta
clase de leyes la misión del legislador civil se limita a lograr,
por medio de una disciplina común, la obediencia de los
ciudadanos, castigando a los perversos y viciosos, para
apartarlos del mal y devolverlos al bien, o para impedir, al
menos, que perjudiquen a la sociedad y dañen a sus conciudadanos.
Existen otras
disposiciones del poder civil que no proceden del derecho natural
inmediata y próximamente, sino remota e indirectamente,
determinando una variedad de cosas que han sido reguladas por la
naturaleza de un modo general y en conjunto. Así, por ejemplo,
la naturaleza ordena que los ciudadanos cooperen con su trabajo a
la tranquilidad y prosperidad públicas. Pero la medida, el modo
y el objeto de esta colaboración no están determinados por el
derecho natural, sino por la prudencia humana. Estas reglas
peculiares de la convivencia social, determinadas según la
razón y promulgadas por la legítima potestad, constituyen el
ámbito de la ley humana propiamente dicha. Esta ley ordena a
todos los ciudadanos colaborar en el fin que la comunidad se
propone y les prohíbe desertar de este servicio; y mientras
sigue sumisa y se conforma con los preceptos de la naturaleza,
esa ley conduce al bien y aparta del mal. De todo lo cual se
concluye que hay que poner en la ley eterna de Dios la norma
reguladora de la libertad, no sólo de los particulares, sino
también de la comunidad social. Por consiguiente, en una
sociedad humana, la verdadera libertad no consiste en hacer el
capricho personal de cada uno; esto provocaría una extrema
confusión y una perturbación, que acabarían destruyendo al
propio Estado; sino que consiste en que, por medio de las leyes
civiles, pueda cada cual fácilmente vivir según los preceptos
de la ley eterna. Y para los gobernantes la libertad no está en
que manden al azar y a su capricho, proceder criminal que
implicaría, al mismo tiempo, grandes daños para el Estado, sino
que la eficacia de las leyes humanas consiste en su reconocida
derivación de la ley eterna y en la sanción exclusiva de todo
lo que está contenido en esta ley eterna, como en fuente radical
de todo el derecho. Con suma sabiduría lo ha expresado San
Agustín: «Pienso que comprendes que nada hay justo y legítimo
en la [ley] temporal que no lo hayan tomado los hombres de la [ley)
eterna»(5). Si, por consiguiente, tenemos una ley establecida
por una autoridad cualquiera, y esta ley es contraria a la recta
razón y perniciosa para el Estado, su fuerza legal es nula,
porque no es norma de justicia y porque aparta a los hombres del
bien para el que ha sido establecido el Estado.
8. Por tanto, la
naturaleza de la libertad humana, sea el que sea el campo en que
la consideremos, en los particulares o en la comunidad, en los
gobernantes o en los gobernados, incluye la necesidad de obedecer
a una razón suprema y eterna, que no es otra que la autoridad de
Dios imponiendo sus mandamientos y prohibiciones. Y este
justísimo dominio de Dios sobre los hombres está tan lejos de
suprimir o debilitar siquiera la libertad humana, que lo que hace
es precisamente todo lo contrario: defenderla y perfeccionarla;
porque la perfección verdadera de todo ser creado consiste en
tender a su propio fin y alcanzarlo. Ahora bien: el fin supremo
al que debe aspirar la libertad humana no es otro que el mismo
Dios.
La Iglesia,
defensora de la verdadera libertad social
9. La Iglesia,
aleccionada con las enseñanzas y con los ejemplos de su divino
Fundador, ha defendido y propagado por todas partes estos
preceptos de profunda y verdadera doctrina, conocidos incluso por
la sola luz de la razón. Nunca ha cesado la Iglesia de medir con
ellos su misión y de educar en ellos a los pueblos cristianos.
En lo tocante a la moral, la ley evangélica no sólo supera con
mucho a toda la sabiduría pagana, sino que además llama
abiertamente al hombre y le capacita para una santidad
desconocida en la antigüedad, y, acercándolo más a Dios, le
pone en posesión de una libertad más perfecta. De esta manera
ha brillado siempre la maravillosa eficacia de la Iglesia en
orden a la defensa y mantenimiento de la libertad civil y
política de los pueblos.
No es necesario
enumerar ahora los méritos de la Iglesia en este campo. Basta
recordar la esclavitud, esa antigua vergüenza del paganismo,
abolida principalmente por la feliz intervención de la Iglesia.
Ha sido Jesucristo el primero en proclamar la verdadera igualdad
jurídica y la auténtica fraternidad de todos los hombres. Eco
fiel de esta enseñanza fue la voz de los dos apóstoles que
declaraba suprimidas las diferencias entre judíos y griegos,
bárbaros y escitas(6), y proclamaba la fraternidad de todos en
Cristo. La eficacia de la Iglesia en este punto ha sido tan honda
y tan evidente, que dondequiera que la Iglesia quedó establecida
la experiencia ha comprobado que desaparece en poco tiempo la
barbarie de las costumbres. A la brutalidad sucede rápidamente
la dulzura; a las tinieblas de la barbarie, la luz de la verdad.
Igualmente nunca ha dejado la Iglesia de derramar beneficios en
los pueblos civilizados, resistiendo unas veces el capricho de
los hombres perversos, alejando otras veces de los inocentes y de
los débiles las injusticias, procurando, por último, que los
pueblos tuvieran una constitución política que se hiciera amar
de los ciudadanos por su justicia y se hiciera temer de los
extraños por su poder.
10. Es, además, una
obligación muy seria respetar a la autoridad y obedecer las
leyes justas, quedando así los ciudadanos defendidos de la
injusticia de los criminales gracias a la eficacia vigilante de
la ley. El poder legítimo viene de Dios, y el que resiste a da
autoridad, resiste a la disposición de Dios(7). De esta manera,
la obediencia queda dignificada de un modo extraordinario, pues
se presta obediencia a la más justa y elevada autoridad. Pero
cuando no existe el derecho de mandar, o se manda algo contrario
a la razón, a la ley eterna, a la autoridad de Dios, es justo
entonces desobedecer a los hombres para obedecer a Dios. Cerrada
así la puerta a la tiranía, no lo absorberá todo el Estado.
Quedarán a salvo los derechos de cada ciudadano, los derechos de
la familia, los derechos de todos los miembros del Estado, y
todos tendrán amplia participación en la libertad verdadera,
que consiste, como hemos demostrado, en poder vivir cada uno
según las leyes y según la recta razón.
II. DOCTRINA
DEL LIBERALISMO SOBRE LA LIBERTAD
11. Si los que a
cada paso hablan de la libertad entendieran por tal la libertad
buena y legítima que acabamos de describir, nadie osaría acusar
a la Iglesia, con el injusto reproche que le hacen, de ser
enemiga de la libertad de los individuos y de la libertad del
Estado. Pero son ya muchos los que, imitando a Lucifer, del cual
es aquella criminal expresión: No serviré(8), entienden
por libertad lo que es una pura y absurda licencia.
Tales son los partidarios de ese sistema tan extendido y poderoso,
y que, tomando el nombre de la misma libertad, se llaman a sí
mismos liberales.
Liberalismo de
primer grado
12. El naturalismo
o racionalismo en la filosofia coincide con el
liberalismo en la moral y en la política, pues los seguidores
del liberalismo aplican a la moral y a la práctica de la vida
los mismos principios que establecen los defensores del
naturalismo. Ahora bien: el principio fundamental de todo el
racionalismo es la soberanía de la razón humana,
que, negando la obediencia debida a la divina y
eterna razón y declarándose a sí misma independiente, se
convierte en sumo principio, fuente exclusiva y
juez único de la verdad. Esta es la pretensión de los referidos
seguidores del liberalismo; según ellos no hay en la vida
práctica autoridad divina alguna a la que haya que obedecer;
cada ciudadano es ley de sí mismo. De aquí nace esa denominada
moral independiente, que, apartando a la voluntad, bajo pretexto
de libertad, de la observancia de los mandamientos divinos,
concede al hombre una licencia ilimitada. Las consecuencias
últimas de estas afirmaciones, sobre todo en el orden social,
son fáciles de ver. Porque, cuando el hombre se persuade que no
tiene sobre si superior alguno, la conclusión inmediata es
colocar la causa eficiente de la comunidad civil y política no
en un principio exterior o superior al hombre, sino en la libre
voluntad de cada uno; derivar el poder político de la multitud
como de fuente primera. Y así como la razón individual es para
el individuo en su vida privada la única norma reguladora de su
conducta, de la misma manera la razón colectiva debe ser para
todos la única regla normativa en la esfera de la vida pública.
De aquí el número como fuerza decisiva y la mayoría como
creadora exclusiva del derecho y del deber.
Todos estos
principios y conclusiones están en contradicción con la razón.
Lo dicho anteriormente lo demuestra. Porque es totalmente
contraria a la naturaleza la pretensión de que no existe
vínculo alguno entre el hombre o el Estado y Dios, creador y,
por tanto, legislador supremo y universal. Y no sólo es
contraria esa tendencia a la naturaleza humana, sino también a
toda la naturaleza creada. Porque todas las cosas creadas tienen
que estar forzosamente vinculadas con algún lazo a la causa que
las hizó. Es necesario a todas las naturalezas y pertenece a la
perfección propia de cada una de ellas mantenerse en el lugar y
en el grado que les asigna el orden natural; esto es, que el ser
inferior se someta y obedezca al ser que le es superior. Pero
además esta doctrina es en extremo perniciosa, tanto para los
particulares como para los Estados. Porque, si el juicio sobre la
verdad y el bien queda exclusivamente en manos de la razón
humana abandonada a sí sola, desaparece toda diferencia objetiva
entre el bien y el mal; el vicio y la virtud no se distinguen ya
en el orden de la realidad, sino solamente en el juicio subjetivo
de cada individuo; será lícito cuanto agrade, y establecida una
moral impotente para refrenar y calmar las pasiones desordenadas
del alma, quedará espontáneamente abierta la puerta a toda
clase de corrupciones. En cuanto a la vida pública, el poder de
mandar queda separado de su verdadero origen natural, del cual
recibe toda la eficacia realizadora del bien común; y la ley,
reguladora de lo que hay que hacer y lo que hay que evitar, queda
abandonada al capricho de una mayoría numérica, verdadero plano
inclinado que lleva a la tiranía.
La negación del
dominio de Dios sobre el hombre y sobre el Estado arrastra
consigo como consecuencia inevitable la ausencia de toda
religión en el Estado, y consiguientemente el abandono más
absoluto en todo la referente a la vida religiosa. Armada la
multitud con la idea de su propia soberanía, fácilmente
degenera en la anarquía y en la revolución, y suprimidos los
frenos del deber y de la conciencia, no queda más que la fuerza;
la fuerza, que es radicalmente incapaz para dominar por sí solas
las pasiones desatadas de las multitudes. Tenemos pruebas
convincentes de todas estas consecuencias en la diaria lucha
contra los socialistas y revolucionarios, que desde hace ya mucho
tiempo se esfuerzan por sacudir los mismos cimientos del Estado.
Analicen, pues, y determinen los rectos enjuiciadores de la
realidad si esta doctrina es provechosa para la verdadera
libertad digna del hombre o si es más bien una teoría
corruptora y destructora de esta libertad.
Liberalismo de
segundo grado
13. Es cierto que no
todos los defensores del liberalismo están de acuerdo con estas
opiniones, terribles por su misma monstruosidad, contrarias
abiertamente a la verdad y causa, como hemos visto, de los
mayores males. Obligados por la fuerza de la verdad, muchos
liberales reconocen sin rubor e incluso afirman espontáneamente
que la libertad, cuando es ejercida sin reparar en exceso alguno
y con desprecio de la verdad y de la justicia, es una libertad
pervertida que degenera en abierta licencia; y que, por tanto, la
libertad debe ser dirigida y gobernada por la recta razón, y
consiguientemente debe quedar sometida al derecho natural
y a la ley eterna de Dios. Piensan que esto basta y
niegan que el hombre libre deba someterse a las leyes que Dios
quiera imponerle por un camino distinto al de la razón natural.
Pero al poner esta limitación no son consecuentes consigo mismos.
Porque si, como ellos admiten y nadie puede razonablemente negar,
hay que obedecer a la voluntad de Dios legislador, por la total
dependencia del hombre respecto de Dios y por la tendencia del
hombre hacia Dios, la consecuencia es que nadie puede poner
límites o condiciones a este poder legislativo de Dios sin
quebrantar al mismo tiempo la obediencia debida a Dios. Más aún:
si la razón del hombre llegara a arrogarse el poder de establecer
por sí misma la naturaleza y la extensión de los derechos de
Dios y de sus propias obligaciones, el respeto a las
leyes divinas sería una apariencia, no una realidad, y el juicio
del hombre valdría más que la autoridad y la providencia del
mismo Dios. Es necesario, por tanto, que la norma de nuestra vida
se ajuste continua y religiosamente no sólo a la ley eterna,
sino también a todas y cada una de las demás leyes que
Dios, en su infinita sabiduria, en su infinito poder y
por los medios que le ha parecido, nos ha comunicado; leyes que
podemos conocer con seguridad por medio de
señales claras e indubitables. Necesidad acentuada por el hecho
de que esta clase de leyes, al tener el mismo principio y el
mismo autor que la ley eterna, concuerdan enteramente con la
razón, perfeccionan el derecho natural e incluyen además el
magisterio del mismo Dios, quien, para que nuestro entendimiento
y nuestra voluntad no caigan en error, rige a entrambos
benignamente con su amorosa dirección. Manténgase, pues, santa
e inviolablemente unido lo que no puede ni debe ser separado, y
sírvase a Dios en todas las cosas, como lo ordena la misma
razón natural, con toda sumisión y obediencia.
Liberalismo de
tercer grado
14. Hay otros liberales
algo más moderados, pero no por esto más consecuentes
consigo mismos; estos liberales afirman que, efectivamente, las
leyes divinas deben regular la vida y la conducta de los
particulares, pero no la vida y la conducta del Estado;
es lícito en la vida política apartarse de los
preceptos de Dios y legislar sin tenerlos en cuenta para
nada. De esta doble afirmación brota la perniciosa consecuencia
de que es necesaria la separación entre la Iglesia y el
Estado. Es fácil de comprender el absurdo error de
estas afirmaciones.
Es la misma
naturaleza la que exige a voces que la sociedad proporcione a los
ciudadanos medios abundantes y facilidades para vivir
virtuosamente, es decir, según las leyes de Dios, ya que Dios es
el principio de toda virtud y de toda justicia. Por esto, es
absolutamente contrario a la naturaleza que pueda lícitamente el
Estado despreocuparse de esas leyes divinas o establecer una
legislación positiva que las contradiga. Pero, además, los
gobernantes tienen, respecto de la sociedad, la obligación
estricta de procurarle por medio de una prudente acción
legislativa no sólo la prosperidad y los bienes exteriores, sino
también y principalmente los bienes del espíritu. Ahora bien:
en orden al aumento de estos bienes espirituales, nada hay ni
puede haber más adecuado que las leyes establecidas por el mismo
Dios. Por esta razón, los que en el gobierno de Estado pretenden
desentenderse de las leyes divinas desvían el poder político de
su propia institución y del orden impuesto por la misma
naturaleza.
Pero hay otro hecho
importante, que Nos mismo hemos subrayado más de una vez en
otras ocasiones: el poder político y el poder religioso,
aunque tienen fines y medios específicamente distintos, deben,
sin embargo, necesariamente, en el ejercicio de sus respectivas
funciones, encontrarse algunas veces. Ambos poderes ejercen su
autoridad sobre los mismos hombres, y no es raro que uno y otro
poder legislen acerca de una misma materia, aunque por razones
distintas. En esta convergencia de poderes, el conflicto sería
absurdo y repugnaría abiertamente a la infinita sabiduría de la
voluntad divina; es necesario, por tanto, que haya un medio, un
procedimiento para evitar los motivos de disputas y luchas y para
establecer un acuerdo en la práctica. Acertadamente ha sido
comparado este acuerdo a la unión del alma con el cuerpo, unión
igualmente provechosa para ambos, y cuya desunión, por el
contrario, es perniciosa particularmente para el cuerpo, que con
ella pierde la vida.
III. LAS
CONQUISTAS DEL LIBERALISMO
Libertad de
cultos
15. Para dar mayor
claridad a los puntos tratados es conveniente examinar por
separado las diversas clases de libertad, que algunos proponen
como conquistas de nuestro tiempo. En primer lugar examinemos, en
relación con los particulares, esa libertad tan contraria a la
virtud de la religión, la llamada libertad de cultos, libertad
fundada en la tesis de que cada uno puede, a su arbitrio,
profesar la religión que prefiera o no profesar ninguna. Esta
tesis es contraria a la verdad. Porque de todas las obligaciones
del hombre, la mayor y más sagrada es, sin duda alguna, la que
nos manda dar a Dios el culto de la religión y de la piedad.
Este deber es la consecuencia necesaria de nuestra perpetua
dependencia de Dios, de nuestro gobierno por Dios y de nuestro
origen primero y fin supremo, que es Dios. Hay que añadir,
además, que sin la virtud de la religión no es posible virtud
auténtica alguna, porque la virtud moral es aquella virtud cuyos
actos tienen por objeto todo lo que nos lleva a Dios, considerado
como supremo y último bien del hombre; y por esto, la religión,
cuyo oficio es realizar todo lo que tiene por fin directo e
inmediato el honor de Dios(9), es la reina y la regla a la vez de
todas las virtudes. Y si se pregunta cuál es la religión que
hay que seguir entre tantas religiones opuestas entre sí, la
respuesta la dan al unísono la razón y naturaleza: la religión
que Dios ha mandado, y que es fácilmente reconocible por medio
de ciertas notas exteriores con las que la divina Providencia ha
querido distinguirla, para evitar un error, que, en asunto de
tanta trascendencia, implicaría desastrosas consecuencias. Por
esto, conceder al hombre esta libertad de cultos de que estamos
hablando equivale a concederle el derecho de desnaturalizar
impunemente una obligación santísima y de ser infiel a ella,
abandonando el bien para entregarse al mal. Esto, lo hemos dicho
ya, no es libertad, es una depravación de la libertad y una
esclavitud del alma entregada al pecado.
16. Considerada
desde el punto de vista social y político, esta libertad de
cultos pretende que el Estado no rinda a Dios culto alguno o no
autorice culto público alguno, que ningún culto sea preferido a
otro, que todos gocen de los mismos derechos y que el pueblo no
signifique nada cuando profesa la religión católica. Para que
estas pretensiones fuesen acertadas haría falta que los deberes
del Estado para con Dios fuesen nulos o pudieran al menos ser
quebrantados impunemente por el Estado. Ambos supuestos son
falsos. Porque nadie puede dudar que la existencia de la sociedad
civil es obra de la voluntad de Dios, ya se considere esta
sociedad en sus miembros, ya en su forma, que es la autoridad; ya
en su causa, ya en los copiosos beneficios que proporciona al
hombre. Es Dios quien ha hecho al hombre sociable y quien le ha
colocado en medio de sus semejantes, para que las exigencias
naturales que él por sí solo no puede colmar las vea
satisfechas dentro de la sociedad. Por esto es necesario que el
Estado, por el mero hecho de ser sociedad, reconozca a Dios como
Padre y autor y reverencie y adore su poder y su dominio. La
justicia y la razón prohíben, por tanto, el ateísmo del Estado,
o, lo que equivaldría al ateísmo, el indiferentismo del Estado
en materia religiosa, y la igualdad jurídica indiscriminada de
todas las religiones. Siendo, pues, necesaria en el Estado la
profesión pública de una religión, el Estado debe profesar la
única religión verdadera, la cual es reconocible con facilidad,
singularmente en los pueblos católicos, puesto que en ella
aparecen como grabados los caracteres distintivos de la verdad.
Esta es la religión que deben conservar y proteger los
gobernantes, si quieren atender con prudente utilidad, como es su
obligación, a la comunidad política. Porque el poder político
ha sido constituido para utilidad de los gobernados. Y aunque el
fin próximo de su actuación es proporcionar a los ciudadanos la
prosperidad de esta vida terrena, sin embargo, no debe disminuir,
sino aumentar, al ciudadano las facilidades para conseguir el
sumo y último bien, en que está la sempiterna bienaventuranza
del hombre, y al cual no puede éste llegar si se descuida la
religión.
17. Ya en otras
ocasiones hemos hablado ampliamente de este punto(10). Ahora
sólo queremos hacer una advertencia: la libertad de cultos es
muy perjudicial para la libertad verdadera, tanto de los
gobernantes como de los gobernados. La religión, en cambio, es
sumamente provechosa para esa libertad, porque coloca en Dios el
origen primero del poder e impone con la máxima autoridad a los
gobernantes la obligación de no olvidar sus deberes, de no
mandar con injusticia o dureza y de gobernar a los pueblos con
benignidad y con un amor casi paterno. Por otra parte, la
religión manda a los ciudadanos la sumisión a los poderes
legítimos como a representantes de Dios y los une a los
gobernantes no solamente por medio de la obediencia, sino
también con un respeto amoroso, prohibiendo toda revolución y
todo conato que pueda turbar el orden y la tranquilidad pública,
y que al cabo son causa de que se vea sometida a mayores
limitaciones la libertad de los ciudadanos. Dejamos a un lado la
influencia de la religión sobre la sana moral y la influencia de
esta moral sobre la misma libertad. La razón demuestra y la
historia confirma este hecho: la libertad, la prosperidad y la
grandeza de un Estado están en razón directa de la moral de sus
hombres.
Libertad de
expresión y libertad de imprenta
18. Digamos ahora
algunas palabras sobre la libertad de expresión y la libertad
de imprenta. Resulta casi innecesario afirmar que no
existe el derecho a esta libertad cuando se ejerce sin
moderación alguna, traspasando todo freno y todo
límite. Porque el derecho es una facultad moral que, como hemos
dicho ya y conviene repetir con insistencia, no podemos
suponer concedida por la naturaleza de igual modo a la verdad y
al error, a la virtud y al vicio. Existe el derecho de
propagar en la sociedad, con libertad y prudencia, todo lo
verdadero y todo lo virtuoso para que pueda participar de las
ventajas de la verdad y del bien el mayor número posible de
ciudadanos. Pero las opiniones falsas, máxima dolencia mortal
del entendimiento humano, y los vicios corruptores del espíritu
y de la moral pública deben ser reprimidos por el poder
público para impedir su paulatina propagación, dañosa
en extremo para la misma sociedad. Los errores de los
intelectuales depravados ejercen sobre las masas una verdadera
tiranía y deben ser reprimidos por la ley con la misma
energía que otro cualquier delito inferido con violencia
a los débiles. Esta represión es aún más necesaria,
porque la inmensa mayoría de los ciudadanos no puede en modo
alguno, o a lo sumo con mucha dificultad, prevenirse contra los
artificios del estilo y las sutilezas de la dialéctica,
sobre todo cuando éstas y aquéllos son utilizados para halagar
las pasiones. Si se concede a todos una licencia ilimitada en el
hablar y en el escribir, nada quedará ya sagrado e inviolable.
Ni siquiera serán exceptuadas esas primeras verdades, esos
principios naturales que constituyen el más noble patrimonio
común de toda la humanidad. Se oscurece así poco a poco la
verdad con las tinieblas y, como muchas veces sucede, se hace
dueña del campo una numerosa plaga de perniciosos errores. Todo
lo que la licencia gana lo pierde la libertad. La
grandeza y la seguridad de la libertad están en razón directa
de los frenos que se opongan a la licencia. Pero en las
materias opinables, dejadas por Dios a la libre
discusión de los hombres, está permitido a cada uno
tener la opinión que le agrade y exponer libremente la propia
opinión. La naturaleza no se opone a ello, porque esta
libertad nunca lleva al hombre a oprimir la verdad. Por el
contrario, muchas veces conduce al hallazgo y manifestación de
la verdad.
Libertad de
enseñanza
19. Respecto a la
llamada libertad de enseñanza, el juicio que hay que dar es muy
parecido. Solamente la verdad debe penetrar en el entendimiento,
porque en la verdad encuentran las naturalezas racionales su bien,
su fin y su perfección; por esta razón, la doctrina dada tanto
a los ignorantes como a los sabios debe tener por objeto
exclusivo la verdad, para dirigir a los primeros hacia el
conocimiento de la verdad y para conservar a los segundos en la
posesión de la verdad. Este es el fundamento de la obligación
principal de los que enseñan: extirpar el error de los
entendimientos y bloquear con eficacia el camino a las teorías
falsas. Es evidente, por tanto, que la libertad de que tratamos,
al pretender arrogarse el derecho de enseñarlo todo a su
capricho, está en contradicción flagrante con la razón y
tiende por su propia naturaleza a la pervesión más completa de
los espíritus. El poder público no puede conceder a la sociedad
esta libertad de enseñanza sin quebrantar sus propios deberes.
Prohibición cuyo rigor aumenta por dos razones: porque la
autoridad del maestro es muy grande ante los oyentes y porque son
muy pocos los discípulos que pueden juzgar por sí mismos si es
verdadero o falso lo que el maestro les explica.
20. Por lo cual es
necesario que también esta libertad, si ha de ser virtuosa,
quede circunscrita dentro de ciertos límites, para evitar que la
enseñanza se trueque impunemente en instrumento de corrupción.
Ahora bien: la verdad, que debe ser el objeto único de la
enseñanza, es de dos clases: una, natural; otra, sobrenatural.
Las verdades
naturales, a las cuales pertenecen los principios naturales y las
conclusiones inmediatas derivadas de éstos por la razón,
constituyen el patrimonio común del género humano y el firme
fundamento en que se apoyan la moral, la justicia, la religión y
la misma sociedad. Por esto, no hay impiedad mayor, no hay locura
más inhumana que permitir impunemente la violación y la
desintegración de este patrimonio. Con no menor reverencia debe
ser conservado el precioso y sagrado tesoro de las verdades que
Dios nos ha dado a conocer por la revelación. Los principales
capítulos de esta revelación se demuestran con muchos
argumentos de extraordinario valor, utilizados con frecuencia por
los apologistas. Tales son: el hecho de la revelación divina de
algunas verdades, la encarnación del Hijo unigénito de Dios
para dar testimonio de la verdad, la fundación por el mismo
Jesucristo de una sociedad perfecta, que es la Iglesia, cuya
cabeza es El mismo, y con la cual prometió estar hasta la
consumación de los siglos. A esta sociedad ha querido encomendar
todas las verdades por El enseñadas, con el encargo de
guardarlas, defenderlas y enseñarlas con autoridad legítima.
A1 mismo tiempo, ha ordenado a todos los hombres que
obedezcan a la Iglesia igual que a El mismo, amenazando
con la ruina eterna a todos los que desobedezcan este mandato.
Consta, pues,
claramente que el mejor y más seguro maestro del hombre es Dios,
fuente y principio de toda verdad; y también el Unigénito, que
está en el seno del Padre y es camino, verdad, vida, luz
verdadera que ilumina a todo hombre, a cuya enseñanza deben
prestarse todos los hombres dócilmente: "y serán todos
enseñados por Dios"(11). Ahora bien: en materia de
fe y de moral, Dios mismo ha hecho a la Iglesia
partícipe del magisterio divino y le ha concedido el privilegio
divino de no conocer el error. Por esto la Iglesia es la más
alta y segura maestra de los mortales y tiene un derecho
inviolable a la libertad de magisterio. Por otra parte,
la Iglesia, apoyándose en el firme fundamento de la doctrina
revelada, ha antepuesto, de hecho, a todo el cumplimiento exacto
de esta misión que Dios le ha confiado. Superior a las
dificultades que por todas partes la envuelven, no ha dejado
jamás de defender la libertad de su magisterio. Por este camino
el mundo entero, liberado de la calamidad de las supersticiones,
ha encontrado en la sabiduría cristiana su total renovación. Y
como la razón por sí sola demuestra claramente que entre las
verdades reveladas y las verdades naturales no puede existir
oposición verdadera y todo lo que se oponga a las primeras es
necesariamente falso, por esto el divino magisterio de la Iglesia,
lejos de obstaculizar el deseo de saber y el desarrollo en las
ciencias o de retardar de alguna manera el progreso de la
civilización, ofrece, por el contrario, en todos estos campos
abundante luz y segura garantía. Y por la misma razón el
magisterio eclesiástico es sumamente provechoso para el
desenvolvimiento de la libertad humana, porque es sentencia de
Jesucristo, Salvador nuestro, que el hombre se hace libre
por la verdad: conoceréis la verdad, y la verdad os
hará libres(12).
No hay, pues, motivo
para que la libertad legítima se indigne o la verdadera ciencia
lleve a mal las justas y debidas leyes que la Iglesia y la razón
exigen igualmente para regular las ciencias humanas. Más aún:
la Iglesia, como lo demuestra la experiencia a cada paso, al
obrar así con la finalidad primordial de defender la fe
cristiana, procura fambién el fomento y el adelanto de todas las
ciencias humanas. Buenos son en sí mismos y loables y deseables
la belleza y la elegancia del estilo. Y todo conocimiento
científico que provenga de un recto juicio y esté de acuerdo
con el orden objetivo de las cosas, presta un gran servicio al
esclarecimiento de las verdades reveladas. De hecho, el mundo es
deudor a la Iglesia de estos insignes beneficios: la
conservación cuidadosa de los monumentos de la sabiduría
antigua; la fundación por todas partes de universidades
científicas; el estímulo constante de la actividad de los
ingenios, fomentando con todo empeño las mismas artes que
embellecen la variada cultura de nuestro siglo.
Por último, no
debemos olvidar que queda un campo inmenso abierto a los hombres;
en el que pueden éstos extender su industria y ejercitar
libremente su ingenio; todo ese conjunto de materias que no
tienen conexión necesaria con la fe y con la moral cristianas, o
que la Iglesia, sin hacer uso de su autoridad, deja
enteramente libre al juicio de los sabios. De estas
consideraciones se desprende la naturaleza de la libertad de
enseñanza que exigen y propagan con igual empeño los seguidores
del liberalismo. Por una parte, se
conceden a sí mismos y conceden al Estado una libertad tan
grande, que no dudan dar paso libre a los errores
más peligrosos. Y, por otra parte, ponen mil estorbos a
la Iglesia y restringen hasta el máximo la libertad de ésta,
siendo así que de la doctrina de la Iglesia no hay que temer
daño alguno, sino que, por el contrario se pueden esperar de
ella toda clase de bienes.
Libertad de
conciencia
21. Mucho se habla
también de la Ilamada libertad de conciencia. Si esta libertad
se entiende en el sentido de que es lícito a cada uno, según le
plazca, dar o no dar culto a Dios, queda suficientemente refutada
con los argumentos expuestos anteriormente. Pero puede entenderse
también en el sentido de que el hombre en el Estado tiene el
derecho de seguir, según su conciencia, la voluntad de Dios y de
cumplir sus mandamientos sin impedimento alguno. Esta libertad,
la libertad verdadera, la libertad digna de los hijos de Dios,
que protege tan gloriosamente la dignidad de la persona humana,
está por encima de toda violencia y de toda opresión y ha sido
siempre el objeto de los deseos y del amor de la Iglesia. Esta es
la libertad que reivindicaron constantemente para sí los
apóstoles, ésta es la libertad que confirmaron con sus escritos
los apologistas, ésta es la libertad que consagraron con su
sangre los innumerables mártires cristianos. Y con razón,
porque la suprema autoridad de Dios sobre los hombres y el
supremo deber del hombre para con Dios encuentran en esta
libertad cristiana un testimonio definitivo. Nada tiene de común
esta libertad cristiana con el espíritu de sedición y
de desobediencia. Ni pretende derogar el respeto debido
al poder público, porque el poder humano en tanto tiene el
derecho de mandar y de exigir obediencia en cuanto no se aparta
del poder divino y se mantiene dentro del orden establecido por
Dios. Pero cuando el poder humano manda algo claramente
contrario a la voluntad divina, traspasa los límites que tiene
fijados y entra en conflicto con la divina autoridad. En este
caso es justo no obedecer.
22. Por el contrario,
los partidarios del liberalismo, que atribuyen
al Estado un poder despótico e ilimitado y afirman que
hemos de vivir sin tener en cuenta para nada a Dios, rechazan
totalmente esta libertad de que hablamos, y que está
tan íntimamente unida a la virtud y a la religión. Y califican
de delito contra el Estado todo cuanto se hace para
conservar esta libertad cristiana. Si fuesen consecuentes
con sus principios el hombre estaría obligado, según
ellos, a obedecer a cualquier gobierno, por muy tiránico que
fuese.
IV. LA
TOLERANCIA
23. La Iglesia desea
ardientemente que en todos los órdenes de la sociedad penetren y
se practiquen estas enseñanzas cristianas que hemos expuesto
sumariamente. Todas estas enseñanzas poseen una eficacia
maravillosa para remediar los no escasos ni leves males actuales,
nacidos en gran parte de esas mismas libertades que, pregonadas
con tantos ditirambos, parecían albergar dentro de sí las
semillas del bienestar y de la gloria. Estas esperanzas
han quedado defraudadas por los hechos. En lugar de
frutos agradables y sanos hemos recogido frutos amargos y
corrompidos. Si se busca el remedio, búsquese en el
restablecimiento de los sanos principios, de los que sola y
exclusivamente puede esperarse con confianza la conservación del
orden y la garantía, por tanto, de la verdadera libertad. Esto
no obstante, la Iglesia se hace cargo maternalmente del grave
peso de las debilidades humanas. No ignora la Iglesia la
trayectoria que describe la historia espiritual y política de
nuestros tiempos. Por esta causa, aun concediendo derechos sola y
exclusivamente a la verdad y a la virtud no se opone la Iglesia,
sin embargo, a la tolerancia por parte de los poderes
públicos de algunas situaciones contrarias a la verdad
y a la justicia para evitar un mal mayor o para
adquirir o conservar un mayor bien. Dios mismo,
en su providencia, aun siendo infinitamente bueno y todopoderoso,
permite, sin embargo, la existencia de algunos males en el mundo,
en parte para que no se impidan mayores bienes y
en parte para que no se sigan mayores males. Justo es imitar en
el gobierno político al que gobierna el mundo.
Más aún: no pudiendo la autoridad humana impedir todos los
males, debe «permitir y dejar impunes muchas cosas
que son, sin embargo, castigadas justamente por la divina
Providencia»(13) [San
Agustín, De libero arbitrio
1,6,14: PL 32,1228].
Pero en tales
circunstancias, si por causa del bien común, y
únicamente por ella, puede y aun debe la ley
humana tolerar el mal, no puede, sin embargo, ni debe jamás
aprobarlo ni quererlo en sí mismo. Porque siendo el mal
por su misma esencia privación de un bien, es contrario
al bien común, el cual el legislador debe buscar y debe
defender en la medida de todas sus posibilidades.
También en este punto la ley humana debe proponerse la
imitación de Dios, quien al permitir la existencia del mal en el
mundo, «ni quiere que se haga el mal ni quiere que no se haga;
lo que quiere es permitir que se haga, y esto es bueno»(14)
[Santo Tomás, Sum.
Theol. 1 q.19 a.9 ad 3]. Sentencia del Doctor Angélico, que
encierra en pocas palabras toda la doctrina sobre la tolerancia
del mal. Pero hay que reconocer, si queremos mantenernos dentro
de la verdad, que cuanto mayor es el mal que a la fuerza debe ser
tolerado en un Estado, tanto mayor es la distancia que separa a
este Estado del mejor régimen político. De la misma manera, al
ser la tolerancia del mal un postulado propio de la prudencia
política, debe quedar estrictamente circunscrita a los límites
requeridos por la razón de esa tolerancia, esto es, el bien
público. Por este motivo, si la tolerancia daña al bien
público o causa al Estado mayores males, la consecuencia es su
ilicitud, porque en tales circunstancias la tolerancia
deja de ser un bien. Y si por las condiciones particulares en que
se encuentra la Iglesia permite ésta algunas de las
libertades modernas, lo hace no porque las prefiera en
sí mismas, sino porque juzga conveniente su tolerancia; y una
vez que la situación haya mejorado, la Iglesia usará su
libertad, y con la persuasión, las exhortaciones y la
oración procurará, como debe, cumplir la misión que
Dios le ha encomendado de procurar la salvación eterna
de los hombrres.
Sin embargo,
permanece siempre fija la verdad de este principio: la libertad
concedida indistintamente a todos y para todo, nunca, como hemos
repetido varias veces, debe ser buscada por sí misma, porque es
contrario a la razón que la verdad y el error tengan los mismos
derechos. En lo tocante a la tolerancia, es sorprendente
cuán lejos están de la prudencia y de la justicia de la Iglesia
los seguidores del liberalismo. Porque al
conceder al ciudadano en todas las materias que hemos señalado
una libertad ilimitada, pierden por completo toda norma y llegan
a colocar en un mismo plano de igualdad jurídica la verdad y la
virtud con el error y el vicio. Y cuando ia Iglesia,
columna y firmamento de la verdad, maestra incorrupta de la moral
verdadera, juzga que es su obligación protestar sin
descanso contra una tolerancia tan licenciosa y
desordenada, es entonces acusada por los liberales de
falta de paciencia y mansedumbre. No advierten que al
hablar así califican de vicio lo que es precisamente una
virtud de la Iglesia. Por otra parte, es muy frecuente
que estos grandes predicadores de la tolerancia sean, en
la práctica, estrechos e intolerantes cuando se trata
del catolicismo. Los que son pródigos en repartir a todos
libertades sin cuento, niegan continuamente a la Iglesia
su libertad.
V. JUICIO
CRÍTICO SOBRE LAS DISTINTAS
FORMAS DE LIBERALISMO
24. Para mayor
claridad, recapitularemos brevemente la exposición hecha y
deduciremos las consecuencias prácticas. El núcleo esencial es
el siguiente: es absolutamente necesario que el hombre quede todo
entero bajo la dependencia efectiva y constante de Dios. Por
consiguiente, es totalmente inconcebible una libertad humana que
no esté sumisa a Dios y sujeta a su voluntad. Negar a Dios este
dominio supremo o negarse a aceptarlo no es libertad, sino abuso
de la libertad y rebelión contra Dios. Es ésta precisamente la
disposición de espíritu que origina y constituye el mal
fundamental del liberalismo. Sin embargo, son varias las formas
que éste presenta, porque la voluntad puede separarse de la
obediencia debida a Dios o de la obediencia debida a los que
participan de la autoridad divina, de muchas formas y en grados
muy diversos.
25. La perversión
mayor de la libertad, que constituye al mismo tiempo la especie
peor de liberalismo, consiste en rechazar por completo la suprema
autoridad de Dios y rehusarle toda obediencia, tanto en la vida
pública como en la vida privada y dosméstica. Todo lo que Nos
hemos expuesto hasta aquí se refiere a esta especie de
liberalismo.
26. La segunda clase
es el sistema de aquellos liberales que, por una parte, reconocen
la necesidad de someterse a Díos, creador, señor del mundo y
gobernador providente de la naturaleza; pero, por otra parte,
rechazan audazmente las normas de dogma y de moral que, superando
la naturaleza, son comunicadas por el mismo Dios, o pretenden por
lo menos que no hay razón alguna para tenerlas en cuenta sobre
todo en la vida política del Estado. Ya expusimos anteriormente
las dimensiones de este error y la gran inconsecuencia de estos
liberales. Esta doctrina es la fuente principal de la perniciosa
teoría de la separación entre la Iglesia y el Estado; cuando,
por el contrario, es evidente que ambas potestades, aunque
diferentes en misión y desiguales por su dignidad, deben
colaborar una con otra y completarse mutuamente.
27. Dos opiniones
específicamente distintas caben dentro de este error genérico.
Muchos pretenden la separación total y absoluta entre la Iglesia
y el Estado, de tal forma que todo el ordenamiento jurídico, las
instituciones, las costumbres, las leyes, los cargos del Estado,
la educación de la juventud, queden al margen de la Iglesia,
como si ésta no existiera. Conceden a los ciudadanos, todo lo
más, la facultad, si quieren, de ejercitar la religión en
privado. Contra estos liberales mantienen todo su vigor los
argumentos con que hemos rechazado la teoría de la separación
entre la Iglesia y el Estado, con el agravante de que es un
completo absurdo que la Iglesia sea respetada por el ciudadano y
al mismo tiempo despreciada por el Estado.
28. Otros admiten la
existencia de la Iglesia negarla sería imposible,
pero le niegan la naturaleza y los derechos propios de una
sociedad perfecta y afirman que la Iglesia carece del poder
legislativo, judicial y coactivo, y que sólo le corresponde la
función exhortativa, persuasiva y rectora respecto de los que
espontánea y voluntariamente se le sujetan. Esta teoría falsea
la naturaleza de esta sociedad divina, debilita y restringe su
autoridad, su magisterio; en una palabra: toda su eficacia,
exagerando al mismo tiempo de tal manera la influencia y el poder
del Estado, que la Iglesia de Dios queda sometida a la
jurisdicción y al poder del Estado como si fuera una mera
asociación civil. Los argumentos usados por los apologistas, que
Nos hemos recordado singularmente en la encíclica Immortale
Dei, son más que suficientes para demostrar el error de esta
teoría. La apologética demuestra que por voluntad de Dios la
Iglesia posee todos los caracteres y todos los derechos propios
de una sociedad legítima, suprema y totalmente perfecta.
29. Por último, son
muchos los que no aprueban la separación entre la Iglesia y el
Estado, pero juzgan que la Iglesia debe amoldarse a los tiempos,
cediendo y acomodándose a las exigencias de la moderna prudencia
en la administración pública del Estado. Esta opinión es recta
si se refiere a una condescendencia razonable que pueda
conciliarse con la verdad y con la justicia; es decir, que la
Iglesia, con la esperanza comprobada de un bien muy notable, se
muestre indulgente y conceda a las circunstancias lo que puede
concederles sin violar la santidad de su misión. Pero la cosa
cambia por completo cuando se trata de prácticas y doctrinas
introducidas contra todo derecho por la decadencia de la moral y
por la aberración intelectual de los espíritus. Ningún
período histórico puede vivir sin religión, sin verdad, sin
justicia. Y como estas supremas realidades sagradas han sido
encomendadas por el mismo Dios a la tutela de la Iglesia, nada
hay tan contrario a la Iglesia como pretender de ella que tolere
con disimulo el error y la injusticia o favorezca con su
connivencia lo que perjudica a la religión.
VI.
APLICACIONES PRÁCTICAS
DE CARÁCTER GENERAL
30. De las
consideraciones expuestas se sigue que es totalmente ilícito
pedir, defender, conceder la libertad de pensamiento, de imprenta,
de enseñanza, de cultos, como otros tantos derechos dados por la
naturaleza al hombre. Porque si el hombre hubiera recibido
realmente estos derechos de la naturaleza, tendría derecho a
rechazar la autoridad de Dios y la libertad humana no podría ser
limitada por ley alguna. Síguese, además, que estas libertades,
si existen causas justas, pueden ser toleradas, pero dentro de
ciertos límites para que no degeneren en un insolente desorden.
Donde estas libertades estén vigentes, usen de ellas los
ciudadanos para el bien, pero piensen acerca de ellas lo mismo
que la Iglesia piensa. Una libertad no debe ser considerada
legítima más que cuando supone un aumento en la facilidad para
vivir según la virtud. Fuera de este caso, nunca.
31. Donde exista ya
o donde amenace la existencia de un gobierno que tenga a la
nación oprimida injustamente por la violación o prive por la
fuerza a la Iglesia de la libertad debida, es lícito procurar al
Estado otra organización política más moderada, bajo la cual
se pueda obrar libremente. No se pretende, en este caso, una
libertad inmoderada y viciosa; se busca un alivio para el bien
común de todos; con ello únicamente se pretende que donde se
concede licencia para el mal no se impida el derecho de hacer el
bien.
32. Ni está
prohibido tampoco en sí mismo preferir para el Estado una forma
de gobierno moderada por el elemento democrático, salva siempre
la doctrina católica acerca del origen y el ejercicio del poder
político. La Iglesia no condena forma alguna de gobierno, con
tal que sea apta por sí misma la utilidad de los ciudadanos.
Pero exige, de acuerdo con la naturaleza, que cada una de esas
formas quede establecida sin lesionar a nadie y, sobre todo,
respetando íntegramente los derechos de la Iglesia.
33. Es bueno
participar en la vida política, a menos que en algunos lugares,
por circunstancias de tiempo y situación, se imponga otra
conducta. Más todavía: la Iglesia aprueba la colaboración
personal de todos con su trabajo al bien común y que cada uno,
en las medidas de sus fuerzas, procure la defensa, la
conservación y la prosperidad del Estado.
34. No condena
tampoco la Iglesia el deseo de liberarse de la dominación de una
potencia extranjera o de un tirano, con tal que ese deseo pueda
realizarse sin violar la justicia. Tampoco reprende, finalmente,
a los que procuran que los Estados vivan de acuerdo con su propia
legislación y que los ciudadanos gocen de medios más amplios
para aumentar su bienestar. Siempre fue la Iglesia fidelísima
defensora de las libertades cívicas moderadas. Lo demuestran
sobre todo las ciudades de Italia, que lograron, bajo el régimen
municipal, prosperidad, riqueza y nombre glorioso en aquellos
tiempos en que la influencia saludable de la Iglesia había
penetrado sin oposición de nadie en todas las partes del Estado.
35. Estas
enseñanzas, venerables hermanos, que, dictadas por la fe y la
razón al mismo tiempo, os hemos transmitido en cumplimiento de
nuestro oficio apostólico, confiamos que habrán de ser
fructuosas para muchos, principalmente al unir vuestros esfuerzos
a los nuestros. Nos, con humildad de corazón, alzamos a Dios
nuestros ojos suplicantes y con todo fervor le pedimos que se
digne conceder benignamente a los hombres la luz de su sabiduría
y de su consejo, para que, fortalecidos con su virtud, puedan en
cosas tan importantes ver la verdad y vivir según la verdad,
tanto en la vida privada como en la vida pública, en todos los
tiempos y con inquebrantable constancia.
Como prenda de estos
celestiales dones y testimonio de nuestra benevolencia, a
vosotros, venerables hermanos, y al clero y pueblo que gobernáis,
damos con todo afecto en el Señor la bendición apostólica.
Dado en Roma,
junto a San Pedro, el día 20 de junio de 1888,
año undécimo de nuestro pontificado.
Notas
1. Eclo 15,14.
2 ASS 18 (1885) 161-180.
3. Jn 8,34.
4. Santo Tomás, In
Ioannem 8 lect.4 n.3.
5. San Agustín, De
libero arbitrio 1,6,15: PL 32,1229.
6. Cf. Gál 3,28.
7. Rom 13,2.
8. Jer 2,20.
9. Cf. Santo Tomás,
Sum. Theol. II-II q.81 a.6 c.
10. Véase la Enc. Immortale
Dei: ASS 18 ( 1885) 161-180.
11. Jn 6,45.
12. Jn 8,32.
13. San Agustín, De
libero arbitrio 1,6,14: PL 32,1228.
14. Santo Tomás, Sum.
Theol. 1 q.19 a.9 ad 3.